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Deportes y Tiempo Libre (2026)

Descripción

Deportes y Tiempo Libre (2026)

Bases generales y convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la delegación de Deportes y Tiempo Libre del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, año 2026

Es objeto de la presente convocatoria regular el procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Roquetas de Mar para la anualidad de 2026, destinadas a financiar proyectos y actuaciones desarrolladas por personas físicas o jurídicas que atiendan a las necesidades deportivas del municipio.

REQUISITOS FORMALES DE LA SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Instancia general

Anexo I. Línea 29, Escuelas Deportivas
Anexo II. Línea 29, Declaración Responsable "Otras Subvenciones"
Anexo III. Línea 29, Declaración Responsable "Protección de Menores"
Anexo IV. Línea 29, Declaración Responsable "Empadronamiento del Alumnado"

Anexo I. Línea 30, Competición Equipos Alto Nivel
Anexo II. Línea 30, Declaración Responsable "Otras Subvenciones"
Anexo III. Línea 30, Declaración Responsable "Protección de Menores"
Anexo IV. Línea 30, Declaración Responsable "Empadronamiento de los/as miembros del equipo"

Anexo I. Línea 31, Memoria Eventos Deportivos
Anexo II. Línea 31, Declaración Responsable "Otras Subvenciones"
Anexo III. Línea 31, Declaración Responsable "Protección de Menores"

Anexo I. Línea 32, Competición Individual de Alto Nivel
Anexo II. Línea 32, Declaración Responsable "Otras Subvenciones"
Anexo III. Línea 32, Declaración Responsable "Obligaciones Tributarias"
Anexo IV. Línea 32, Declaración Responsable "Menores de Edad"

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación (PUBLICACIÓN 14/08/2026) del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, excluyéndose por tanto del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos.

LINEA 29

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan como objeto principal dentro de sus estatutos el fomento de la práctica deportiva, cuyo proyecto de actividades a desarrollar vaya destinado a promocionar el deporte de base entre los jóvenes del municipio menores de 18 años de edad y siempre que su actividad principalmente se desarrolle dentro del ámbito territorial del término municipal de Roquetas de Mar.

El importe máximo de la subvención que podrá percibir una entidad beneficiaria no excederá en ningún caso de 60.000,00 euros.

Periodo subvencionable


Desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.

Serán objeto prioritario de subvención
Los proyectos de escuelas deportivas de formación para la promoción del deporte base en el municipio de Roquetas de Mar, que utilicen el deporte como herramienta de enseñanza de valores y cumplan con estos condicionantes obligatorios:

Infraestructura adecuada: medios materiales y humanos suficientes para poder desarrollar la actividad subvencionada.
Personal cualificado: disponer de las titulaciones exigidas por el Título VII de la Ley 5/2016 del Deporte de Andalucía.
Empadronamiento: al menos el 90% del alumnado debe estar empadronado en Roquetas de Mar.
Categorías: ajustadas a la nomenclatura de las Federaciones Deportivas Andaluzas para menores de edad.
Volumen de deportistas: mínimo 50 deportistas en deportes colectivos; mínimo 15 deportistas en deportes individuales.
Calendario y horarios: mínimo de 2 sesiones semanales (1 hora/sesión) por grupo, en horario extraescolar (15:30 h a 22:00 h, de lunes a viernes), con periodo principal de septiembre a mayo.
Experiencia previa: acreditar la realización de programas similares en el municipio durante los últimos 3 años o temporadas consecutivas.
Valores añadidos: fomento de la integración social, deporte femenino y atención a personas con discapacidad.

No serán objeto de subvención las solicitudes correspondientes a categorías de edad superiores a 18 años.

Gastos subvencionables
Aquellos que respondan de forma indubitada a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su ejecución y se realicen dentro del período subvencionable.
Gastos Operativos Directos.
Gastos de Personal: salarios del personal vinculado al proyecto, acreditados mediante contratos de trabajo, nóminas y pagos bancarios de dichas nóminas, Relación Nominal de Trabajadores y Recibo de Liquidación de Cotizaciones.
Gastos Federativos: cuotas de inscripción en competiciones oficiales y expedición o renovación de licencias deportivas.
Arbitraje y Jueces.
Servicios Deportivos Externos: servicios subcontratados imprescindibles para la preparación y práctica deportiva.
Logística de Desplazamiento: transporte/desplazamiento (excepto carburante), alojamiento y manutención, siempre que no sean para entrenamientos y se realicen fuera del término municipal de Roquetas de Mar.
Asistencia Sanitaria: servicios médicos y, en su caso, cuotas de mutualidades deportivas.
Material y Equipamiento: material técnico deportivo y vestuario/ropa necesaria.
Comunicación: publicidad, diseño, cartelería y comunicación vinculados al proyecto.
Premios y Reconocimientos: trofeos, placas, recuerdos y actos de premiación (excluyendo premios en metálico).
Formación y Divulgación: colaboraciones esporádicas (charlas, conferencias) y material didáctico.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y relacionado de manera directa con el objeto de la subvención.

Los conceptos objeto de subvención deberán ser gratuitos para el deportista, no pudiendo el club repercutir coste alguno, directo o indirecto, por dichos servicios.

Gastos no subvencionables
Sanciones económicas impuestas por federaciones deportivas u otros organismos.
Gastos de gestión y administración: seguros de responsabilidad civil, alquileres, suministros (electricidad, agua, telefonía, internet), mantenimiento de páginas web, material de oficina y cualquier gasto indirecto.
Gastos financieros: intereses deudores, recargos, sanciones administrativas o penales, asesoría jurídica o financiera, gastos notariales, registrales, periciales o de garantía bancaria.
Gastos de protocolo y representación.
Tributos municipales y precios públicos.
Gastos derivados de actividades de carácter lucrativo.
Gastos relativos a bienes o materiales inventariables.
Gastos no relacionados de forma directa con el objeto de la subvención y el proyecto presentado.
Gastos de amortización.
Gastos derivados de procedimientos judiciales.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y que no esté directamente relacionado con el objeto de la subvención.

LINEA 30

Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiarias los clubes o entidades deportivas legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, afiliadas a la federación deportiva competente, cuyos equipos tengan carácter no profesional y participen, durante el período subvencionable, en competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional correspondientes, al menos, de primer o segundo nivel competitivo de su modalidad deportiva, incluyendo Campeonatos de España, Campeonatos de Europa, Campeonatos del Mundo, competiciones internacionales organizadas y/o reconocidas por organismos oficiales o pruebas equivalentes según las respectivas federaciones.

Al menos el 50% de los integrantes de cada equipo deberán encontrarse empadronados en el municipio de Roquetas de Mar.

El importe máximo de la subvención que podrá percibir cada entidad beneficiaria al amparo de esta línea será de 20.000,00 euros.

Una misma entidad sólo podrá presentar una única solicitud para esta línea de subvención, pudiendo incluir en ella uno o varios equipos, siempre que éstos cumplan los requisitos exigidos, sin que el importe total de la subvención concedida pueda superar el límite máximo establecido para esta línea.

Periodo subvencionable

Desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.

Serán objeto prioritario de subvención
Apoyar la formación, consolidación y proyección deportiva de los equipos pertenecientes a clubes y entidades deportivas del municipio de Roquetas de Mar que participen en competiciones oficiales de alto nivel competitivo, de carácter no profesional.

Quedan excluidas de esta convocatoria las solicitudes correspondientes a equipos que participen exclusivamente en categorías de edad superiores a la categoría sénior (veteranos, máster o equivalentes), salvo que compitan en la categoría absoluta.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades deportivas cuyos equipos o clubes estén cumpliendo una sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva calificada como grave o muy grave, ni aquellas sancionadas mediante resolución firme por infracciones en materia de dopaje deportivo.

Gastos subvencionables
Aquellos que respondan de forma indubitada a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su ejecución y se realicen dentro del período subvencionable.
Gastos Operativos Directos.
Gastos de Personal: salarios del personal vinculado al proyecto, acreditados mediante contratos de trabajo, nóminas y pagos bancarios de dichas nóminas, Relación Nominal de Trabajadores y Recibo de Liquidación de Cotizaciones.
Gastos Federativos: cuotas de inscripción en competiciones oficiales y expedición o renovación de licencias deportivas.
Arbitraje y Jueces.
Servicios Deportivos Externos: servicios subcontratados imprescindibles para la preparación y práctica deportiva.
Logística de Desplazamiento: transporte/desplazamiento (excepto carburante), alojamiento y manutención, siempre que no sean para entrenamientos y se realicen fuera del término municipal de Roquetas de Mar.
Asistencia Sanitaria: servicios médicos y, en su caso, cuotas de mutualidades deportivas.
Material y Equipamiento: material técnico deportivo y vestuario/ropa necesaria.
Comunicación: publicidad, diseño, cartelería y comunicación vinculados al proyecto.
Premios y Reconocimientos: trofeos, placas, recuerdos y actos de premiación (excluyendo premios en metálico).
Formación y Divulgación: colaboraciones esporádicas (charlas, conferencias) y material didáctico.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y relacionado de manera directa con el objeto de la subvención.

Gastos no subvencionables
Sanciones económicas impuestas por federaciones deportivas u otros organismos.
Gastos de gestión y administración: seguros de responsabilidad civil, alquileres, suministros (electricidad, agua, telefonía, internet), mantenimiento de páginas web, material de oficina y cualquier gasto indirecto.
Gastos financieros: intereses deudores, recargos, sanciones administrativas o penales, asesoría jurídica o financiera, gastos notariales, registrales, periciales o de garantía bancaria.
Gastos de protocolo y representación.
Tributos municipales y precios públicos.
Gastos derivados de actividades de carácter lucrativo.
Gastos relativos a bienes o materiales inventariables.
Gastos no relacionados de forma directa con el objeto de la subvención y el proyecto presentado.
Gastos de amortización.
Gastos derivados de procedimientos judiciales.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y que no esté directamente relacionado con el objeto de la subvención.

Incompatibilidad
Los mismos justificantes de gasto (facturas o documentos de valor probatorio equivalente) no podrán presentarse para justificar subvenciones correspondientes a diferentes líneas de concurrencia competitiva, evitando así la doble financiación de un mismo objeto o actuación.

LINEA 31

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la promoción deportiva y cumplan los siguientes requisitos:

Legalidad: estar legalmente constituidas y actuar como organizadores oficiales del evento.
Solvencia: contar con la estructura y capacidad técnica-financiera necesaria para garantizar la actividad.
Localización: realizar el evento íntegramente en el municipio de Roquetas de Mar, salvo que sus características organizativas conlleven puntualmente otra ubicación.
Impacto: organizar competiciones de relevancia deportiva, social o estratégica que generen un retorno económico y consoliden la imagen de la localidad, debiendo motivar y fundamentar estos extremos.

El importe máximo de la subvención que podrá percibir un mismo beneficiario no excederá en ningún caso de 12.000,00 euros.

Una misma entidad sólo podrá presentar una única solicitud para esta línea de subvención, pudiendo incluir en ella uno o varios eventos o actividades, siempre que éstos cumplan los requisitos exigidos, sin que el importe total de la subvención concedida pueda superar el límite máximo establecido para esta línea.

Periodo subvencionable

Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.

Serán objeto prioritario de subvención
La organización de actividades, competiciones y eventos relevantes y de carácter puntual que, por su relevancia deportiva, actúen como ejes estratégicos de dinamización económica municipal, consolidando la imagen de Roquetas de Mar como referente de turismo deportivo.

Serán de carácter oficial las competiciones deportivas de ámbito autonómico, nacional o internacional que se encuentren incluidas en el calendario oficial de competiciones de la federación deportiva correspondiente.

Gastos subvencionables
Aquellos que respondan de forma indubitada a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su ejecución y se realicen dentro del período subvencionable (1 de enero a 31 de diciembre de 2026).
Gastos Operativos Directos.
Gastos de Personal, acreditados mediante contratos de trabajo, nóminas y pagos bancarios de dichas nóminas, Relación Nominal de Trabajadores y Recibo de Liquidación de Cotizaciones.
Gastos Federativos: cuotas de inscripción en competiciones oficiales y expedición o renovación de licencias deportivas.
Arbitraje y Jueces.
Servicios Deportivos Externos.
Logística de Desplazamiento: transporte/desplazamiento, alojamiento y manutención (sin el límite de fuera del término municipal, que no aplica a esta línea de eventos deportivos).
Asistencia Sanitaria: servicios médicos y cuotas de mutualidades deportivas.
Material y Equipamiento: material técnico deportivo y vestuario/ropa necesaria para el evento.
Comunicación: publicidad, diseño, cartelería y comunicación vinculados al evento.
Premios y Reconocimientos: trofeos, placas, recuerdos y actos de premiación (excluyendo premios en metálico).
Formación y Divulgación: colaboraciones esporádicas y material didáctico.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y relacionado de manera directa con el objeto de la subvención.

Gastos no subvencionables
Sanciones económicas impuestas por federaciones deportivas u otros organismos.
Gastos de gestión y administración: seguros de responsabilidad civil, alquileres, suministros (electricidad, agua, telefonía, internet), mantenimiento de páginas web, material de oficina y cualquier gasto indirecto.
Gastos financieros: intereses deudores, recargos, sanciones administrativas o penales, asesoría jurídica o financiera, gastos notariales, registrales, periciales o de garantía bancaria.
Gastos de protocolo y representación.
Tributos municipales y precios públicos.
Gastos derivados de actividades de carácter lucrativo.
Gastos relativos a bienes o materiales inventariables.
Gastos no relacionados de forma directa con el objeto de la subvención y el proyecto presentado.
Gastos de amortización.
Gastos derivados de procedimientos judiciales.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y que no esté directamente relacionado con el objeto de la subvención.

LINEA 32

Beneficiarios

Podrán obtener la condición de personas beneficiarias las personas físicas (deportistas) a partir de los 12 años de edad, empadronadas en el municipio de Roquetas de Mar con al menos un año de antigüedad, que participen en competiciones oficiales de carácter nacional o internacional, en modalidades individuales en las que el resultado depende de la acción directa del deportista y no de un marcador colectivo o de asociación (incluyendo dobles o parejas en tenis, pádel, vóley playa, siempre que no formen parte de una liga regular de clubes).

Los deportistas deberán estar en posesión de licencia federativa en vigor, participar en competiciones federadas de primer o segundo nivel, liga o torneo de ámbito nacional, y cumplir la condición de no profesionales.

El importe máximo de la subvención que podrá percibir un beneficiario no excederá en ningún caso de 2.500,00 euros.

Sólo podrá presentarse una solicitud por persona beneficiaria y por línea de subvención.

Periodo subvencionable

Desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026.

Serán objeto prioritario de subvención
Apoyar la formación y participación de deportistas individuales del municipio de Roquetas de Mar en competiciones de alto nivel deportivo, fundamentándose en los principios de excelencia personal y mérito deportivo.

No serán objeto de subvención las solicitudes correspondientes a categorías de edad superiores a la categoría sénior (veteranos, máster u otras análogas), salvo que el deportista compita en la categoría absoluta.

Gastos subvencionables
Aquellos que respondan de forma indubitada a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su ejecución y se realicen dentro del período subvencionable.
Gastos Operativos Directos.
Gastos Federativos: cuotas de inscripción en competiciones oficiales y expedición o renovación de licencias deportivas.
Arbitraje y Jueces.
Servicios Deportivos Externos imprescindibles para la preparación y práctica deportiva.
Logística de Desplazamiento: transporte/desplazamiento (excepto carburante), alojamiento y manutención, siempre que no sean para entrenamientos y se realicen fuera del término municipal de Roquetas de Mar.
Asistencia Sanitaria: servicios médicos y cuotas de mutualidades deportivas.
Material y Equipamiento: material técnico deportivo y vestuario/ropa necesaria.
Comunicación: publicidad, diseño, cartelería y comunicación vinculados al proyecto.
Formación y Divulgación: colaboraciones esporádicas y material didáctico.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y relacionado de manera directa con el objeto de la subvención.

Gastos no subvencionables
Sanciones económicas impuestas por federaciones deportivas u otros organismos.
Gastos de gestión y administración: seguros de responsabilidad civil, alquileres, suministros (electricidad, agua, telefonía, internet), mantenimiento de páginas web, material de oficina y cualquier gasto indirecto.
Gastos financieros: intereses deudores, recargos, sanciones administrativas o penales, asesoría jurídica o financiera, gastos notariales, registrales, periciales o de garantía bancaria.
Gastos de protocolo y representación.
Tributos municipales y precios públicos.
Gastos derivados de actividades de carácter lucrativo.
Gastos relativos a bienes o materiales inventariables.
Gastos no relacionados de forma directa con el objeto de la subvención y el proyecto presentado.
Gastos de amortización.
Gastos derivados de procedimientos judiciales.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente como "no subvencionable" y que no esté directamente relacionado con el objeto de la subvención.

Incompatibilidad
Una misma persona jurídica podrá presentar una única solicitud por cada línea de subvención prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones, pudiendo resultar beneficiaria en cada una de ellas siempre que cumpla los requisitos establecidos, pero en ningún caso podrán financiarse con cargo a distintas líneas de subvención los mismos gastos o conceptos, ni presentarse los mismos justificantes de gasto para justificar subvenciones correspondientes a diferentes líneas de concurrencia competitiva.

Fecha de inicio
Fecha de fin
Horario
13:20
Ubicación
Subvenciones
Categoría
Presidencia, Energía, Aguas